Servicio de mantenimiento en la factura de la luz: cómo darlo de baja
Muchas facturas incluyen un pequeño cargo mensual por «urgencias eléctricas», «mantenimiento» o «asistencia» que mucha gente no recuerda haber contratado. Son servicios opcionales, y puedes decidir si los quieres.
Qué son estos servicios
Son productos que las comercializadoras ofrecen junto al suministro: asistencia en urgencias eléctricas, mantenimiento de la instalación, seguros del hogar o revisiones periódicas. No tienen nada que ver con el precio de la luz ni con las obligaciones de la compañía: son un extra que se paga cada mes.
Cómo detectarlos en la factura
Busca en el desglose conceptos con nombres como:
- «Servicio de urgencias eléctricas»
- «Servicio de mantenimiento» o «mantenimiento de instalaciones»
- «Asistencia», «seguro» o «protección»
Suelen aparecer en un bloque de «servicios adicionales» o «otros conceptos», con un importe mensual pequeño y el IVA aparte. Es fácil que pasen desapercibidos precisamente por ser una cantidad pequeña.
¿Son obligatorios?
No. Según el Ministerio de Consumo, la comercializadora no puede incluirte en la factura servicios como mantenimiento, asistencia urgente o seguros si no los has contratado de forma clara y expresa. La CNMC señala además que estos cobros deben aparecer desglosados en la factura.
Cuánto cuestan
Suelen costar unos pocos euros al mes. En un caso real que hemos revisado (anonimizado), el servicio de urgencias eran 2,49 € al mes, unos 36 € al año con IVA. Parece poco, pero se paga todos los meses mientras no lo quites.
Cómo darse de baja, paso a paso
- Localiza el concepto exacto y su importe en tu factura.
- Mira las condiciones de tu oferta. Algunos descuentos pueden depender de tener contratado el servicio: pregunta si al quitarlo cambia el precio de la luz.
- Pide la baja en el área de cliente o por teléfono de tu comercializadora. Menciona el nombre del servicio tal como aparece en la factura.
- Pide confirmación por escrito (correo o mensaje) y guárdala.
- Revisa la siguiente factura para comprobar que ya no se cobra.
Si hay alguna factura pendiente de pago, es posible que te pidan pagarla antes de la baja.
Si te lo cobraron sin haberlo contratado
- Reclama primero a la comercializadora y guarda la respuesta.
- Si no lo solucionan, puedes acudir a la Oficina Municipal de Información al Consumidor (OMIC), a la Junta Arbitral de Consumo de tu comunidad o a una asociación de consumidores.
- Pide que te devuelvan lo cobrado indebidamente y comprueba que dan de baja el servicio.
Y si cambio de compañía
Según algunas guías, al cambiar de comercializadora los servicios contratados junto al suministro suelen darse de baja a la vez, salvo que pidas mantenerlos. No lo des por hecho: comprueba con la compañía anterior que no sigue cobrándote nada.
Preguntas frecuentes
¿Puedo quedarme con el servicio si quiero?
Sí, es tu decisión. Lo importante es que sea algo que has elegido y que sepas lo que pagas.
¿La baja me cuesta algo?
Normalmente no, pero revisa las condiciones de tu contrato por si hubiera alguna particularidad.
¿Se nota el ahorro?
Es una cantidad pequeña al mes, pero acumulada en el año puede ser de varias decenas de euros.
Fuentes y comprobaciones
Datos revisados el 6 de noviembre de 2026 en fuentes oficiales y secundarias. Donde las fuentes no coinciden o no hemos podido confirmar un dato, lo indicamos en el texto. Para la norma vigente, consulta: